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SBS APRUEBA REGLAMENTO PARA LA CLASIFICACIÓN DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO NO AUTORIZADAS A CAPTAR RECURSOS DEL PÚBLICO.

 SBS  APRUEBA REGLAMENTO  PARA LA CLASIFICACIÓN DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO NO AUTORIZADAS A CAPTAR RECURSOS DEL PÚBLICO.

 Mediante Resolución SBS  00967-2022, del 25 de marzo, se aprobó el reglamento para la clasificación de las COOPAC No Autorizadas a Captar Recursos del Público, que permitirá a estas organizaciones contar con la opinión de empresas calificadoras de riesgo, respecto a su capacidad para administrar los riesgos que enfrenta, en su afán de cumplir sus obligaciones contraídas con sus socios.

La norma establece  que para este fin, las COOPAC de Nivel 3 están obligadas a contratar anualmente a una empresa calificadora de riesgos, la cual, así como sus representantes y funcionarios, deberán ser independientes de toda vinculación con la Cooperativa. Las COOPAC de niveles 1 y 2 podrán voluntariamente contratar a una empresa calificadora de riesgo y se regirán por este reglamento.

 Según la norma, la empresa calificadora está obligada a publicar  a través de su página web y un diario de circulación nacional, entre otros puntos, el resultado de la calificación de la COOPAC, así como la explicación de la clasificación otorgada. También contempla que las COOPAC de nivel 3 deben contar con la clasificación de riesgo durante el segundo semestre  del año 2022, efectuada sobre datos al 31 de Diciembre del 2021.

Descarga AQUÍ la Resolución N° SBS  00967-2022

 

Gerencia de Marketing y Comunicaciones

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